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mayo  15, 2024

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La creación de instituciones técnicas e independientes en materia de consumo, puede generar una más efectiva protección de los usuarios

Citar: elDial.com - CC40BA

Copyright 2024 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina

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La creación de instituciones técnicas e independientes en materia de consumo, puede generar una más efectiva protección de los usuarios 

Por Flavio Lowenrosen[1]

La protección de los consumidores resulta esencial en el actual mercado económico/social. Ello así, en orden a que de este modo se tiende a generar una mayor armonía social, como también a lograr que las personas puedan acceder a bienes y servicios que garanticen su integridad física, síquica, su dignidad, como ser, por ejemplo, medicamentos, alimentos básicos, servicio de suministro de agua potable, de tratamiento cloacal, de gas natural, de energía eléctrica, entre muchos otros.-

En este contexto, se advierte que muchos de los bienes y servicios que adquieren las personas (a las que por inmiscuirse en una relación de consumo se las denomina consumidores y usuarios) resultan esenciales para que éstas puedan ejercer sin limitantes ni cortapisas sus derechos constitucionales, ello debido a que lo adquirido les permite, por ejemplo:

 

· Disfrutar de su vida en condiciones de regularidad y dignidad.-

· Proteger su salud.-

· Ejercer actividad laboral.-

· Desarrollar una vida social.-

· Acceder a una vivienda.-

 

Es tal la importancia que adquiere la adquisición de ciertos bienes (alimentos, insumos médicos, aparatos tecnológicos como celulares, computadoras, pues los primeros permiten que la vida se desarrolle en condiciones de regularidad protegiendo vida y salud, y los últimos dos posibilita que puedan efectivizarse lazos familiares y personales, que se pueda desarrollar laboral y culturalmente la persona) y servicios (servicio de medicina prepaga, suministro de agua y tratamiento cloacal, suministro de energía eléctrica, suministro de gas natural o envasado, de créditos bancarios, del servicio de telefonía fija o móvil, del servicio de internet) que muchos de ellos resultan esenciales para la vida individual y la creación de lazos sociales y hasta laborales.-

 

Por ello, en este contexto, en el cual las personas se encuentran obligadas a consumir bienes y servicios que resultan esenciales para su vida a nivel físico, pero también en lo atinente a lo social, laboral y cultural, es que se impone la necesidad de protegerlas, efectivamente, en el marco de las relaciones de consumo que celebran con proveedores, es decir con aquellos que, lato sensu, poseen (con respecto a la citada relación) superioridad cognitiva y operativa frente y ante los usuarios.-

 

Así las cosas, podría entenderse que a los efectos que exista una debida protección a favor de los usuarios, la misma debe partir de la actividad estatal sustentada en organismos especializados, que sean de naturaleza técnica, cuyos cargos sean ocupados por especialistas en la materia, por ejemplo:

· Abogados encargados, entre otras cosas, de:

o Elaborar proyectos de normativa y aplicar la misma,

o Llevar a cabo audiencias de conciliación en pos de resolver la controversia que se planee entre un usuario y un proveedor.-

o Asesorar a los usuarios y consumidores, a través de información con respecto a cuáles son sus derechos y obligaciones.-

o Elaborar dictámenes que posean una gran expertise en la materia.-

o Llevar inspecciones que permitan verificar si los proveedores (principalmente de bienes y servicios básicos) ajustan su conducta al orden legal.-

· Contadores, economistas y actuarios, a fines, entre otras cosas de:

o Evaluar cuestiones que hacen al análisis de las cadenas de comercialización a fin si estas no están artificialmente infladas con el objeto de distorsionar los precios,

o Verificar si las empresas proveedoras de servicios y bienes esenciales se encuentran en condiciones económicas de cumplir patrimonialmente con las obligaciones que asumen con sus usuarios.-

· Sociólogos, que por ejemplo estudien el impacto de las normas que regula el acceso a bienes y servicios en la sociedad, es decir en los proveedores y en los usuarios.-

· Expertos en gestión, que por ejemplo, evalúen si las normas que se dicten podrán ser aplicables sin limitantes, por encontrarse dadas todas las condiciones de administración para ello.-

· Expertos en educación, que elaboren políticas educativas a proveedores y usuarios sobre cuáles son sus derechos y obligaciones.-

· Profesionales de disciplina que en ciertos casos intervengan como asistentes técnicos, a los efectos de asistir a la resolución de controversias que se resuelvan en el organismo administrativo.-

 

Entendemos que ese organismo creado podrá propender a una protección más efectiva de los consumidores, pero también de los proveedores (en este último caso a través de políticas que eviten la distorsión del mercado e impidan por ejemplo al monopsonio, lo que existe cuando una sola persona compra en una jurisdicción un producto, lo que no hace más que someter a los proveedores al régimen que impone el comprador), amén de ser técnico, debe ser independiente del poder centralizado, a los efectos de evitar intromisiones políticas partidarias que desvirtúen su esencia y naturaleza.-

 

Por ello, entendemos que en diversas jurisdicciones (quizás, principalmente, en las más extensas, pobladas y socialmente complejas), en las cuales la conflictividad en el marco de las relaciones de consumo es significativa, resultaría esencial (a los fines de abstraer la protección de los usuarios de cualquier distorsión que pueda generarse como consecuencia de la intervención sesgada de pretensiones sectoriales que colisionen con los intereses básicos de la sociedad, es decir la efectiva protección de sus derechos como consumidores y usuarios, pero también como proveedores) crear un ente autárquico.-

 

El mismo, entendemos, podría, entre muchísimas otras cuestiones:

 

Estar integrado por personal técnico seleccionado por concurso y que resulte independiente de las estructuras partidarias de poder,

· Tener competencia para poder delinear políticas destinadas a proteger a los consumidores,

· Resolver conflictos entre usuarios y proveedores,

· Informar y educar a usuarios y proveedores sobre cuáles son sus derechos,

· Adoptar medidas que permitan la libre competencia en los diferentes mercados,

· Descentralizarse, al punto de poner unidades móviles que recorran la jurisdicción para tomar reclamos de los usuarios, asesorar, informar y educar en la materia.-

 

En el marco de una sociedad en la cual se vulneran con regularidad los derechos de los usuarios, y en la cual las instituciones centralizadas no han podido aun dar respuesta efectiva a ello, intentar crear otro tipo de institución (independiente, técnica, especializada, integrada por personas que tienen merito suficiente para ello) podría plantear una solución progresiva con el objeto de reducir la conflictividad real (no la que se expresa a través de los reclamos o denuncias, las cuales son infinitamente menores a la cantidad de afectaciones) que existe en materia de consumo.-

 



[1] Abogado. Especializado en Derecho Administrativo y del consumidor. Director del Suplemento. Email: flrsuplementoconsumidor@yahoo.com.ar

 

Citar: elDial.com - CC40BA

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